El Utilitarismo

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Por Phronimos, Centro de Formación de Ética y Ciudadanía de la Universidad del Rosario para Éticapsicologica.org Septiembre de 2018

El utilitarismo, al colocar el análisis de las acciones y sus consecuencias en el centro de la discusión filosófica, introduce un cambio fundamental en la historia de la ética. Dicha transición descansa en la idea según la cual, la moralidad de nuestras acciones debe ser juzgada en virtud de sus consecuencias. En esa línea, de acuerdo con la tradición utilitarista, no existen acciones intrínsecamente malas que están sujetas a prohibiciones desde el punto de vista ético; al contrario, todas las acciones, por más polémicas y contrarias al sentido común y la cultura de cada contexto, deben ser analizadas en virtud de las consecuencias que pueden arrojar. No se trata, entonces, de examinar la racionalidad de las máximas que deben gobernar nuestro comportamiento, ni tampoco de analizar la trayectoria de nuestras acciones para determinar la moralidad de un acto, sino de identificar, a la luz del principio de utilidad, qué tipo de consecuencias están en capacidad de garantizar la mayor felicidad para el mayor número.

El análisis de la utilidad en el ámbito de las relaciones humanas no representa en sí mismo una novedad. En esa línea, el cambio introducido por el utilitarismo reposa más bien en la articulación de un principio racional a la luz del cual los agentes deben examinar las consecuencias de los actos y/o de los posibles cursos de acción de los que dispone un agente en una determinada situación y, a partir de ese análisis, juzgar qué situación es mejor desde el punto de vista moral. Esta máxima, el principio de utilidad, es una figura transversal a todas las versiones del utilitarismo, y se encuentra íntimamente relacionada con la capacidad de escoger el camino que pueda generar el mayor bienestar para el mayor número de involucrados. Esta es la base del utilitarismo.

Por Phronimos, Centro de Formación de Ética y Ciudadanía de la Universidad del Rosario para Éticapsicologica.org Septiembre de 2018

El utilitarismo, al colocar el análisis de las acciones y sus consecuencias en el centro de la discusión filosófica, introduce un cambio fundamental en la historia de la ética. Dicha transición descansa en la idea según la cual, la moralidad de nuestras acciones debe ser juzgada en virtud de sus consecuencias. En esa línea, de acuerdo con la tradición utilitarista, no existen acciones intrínsecamente malas que están sujetas a prohibiciones desde el punto de vista ético; al contrario, todas las acciones, por más polémicas y contrarias al sentido común y la cultura de cada contexto, deben ser analizadas en virtud de las consecuencias que pueden arrojar. No se trata, entonces, de examinar la racionalidad de las máximas que deben gobernar nuestro comportamiento, ni tampoco de analizar la trayectoria de nuestras acciones para determinar la moralidad de un acto, sino de identificar, a la luz del principio de utilidad, qué tipo de consecuencias están en capacidad de garantizar la mayor felicidad para el mayor número.

El análisis de la utilidad en el ámbito de las relaciones humanas no representa en sí mismo una novedad. En esa línea, el cambio introducido por el utilitarismo reposa más bien en la articulación de un principio racional a la luz del cual los agentes deben examinar las consecuencias de los actos y/o de los posibles cursos de acción de los que dispone un agente en una determinada situación y, a partir de ese análisis, juzgar qué situación es mejor desde el punto de vista moral. Esta máxima, el principio de utilidad, es una figura transversal a todas las versiones del utilitarismo, y se encuentra íntimamente relacionada con la capacidad de escoger el camino que pueda generar el mayor bienestar para el mayor número de involucrados. Esta es la base del utilitarismo.

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Máximas morales en el Utilitarismo

Ahora bien, la idea de que existe un principio rector encargado de orientar nuestras acciones, como sucede en la deontología kantiana, puede generar malentendidos; sin embargo, la gran diferencia entre una y otra tradición es que en el utilitarismo el análisis de las consecuencias es lo que determina la moralidad de las acciones, mientras que en la deontología es el uso apropiado del imperativo categórico lo que nos permite diferenciar el contenido moral de nuestros actos. Por ejemplo, pensemos en un ciudadano que paga los impuestos porque reconoce la moralidad que está detrás del principio y actúa de forma independiente a las consecuencias de esa acción. Aquí el ciudadano hizo del principio una guía para su acción. Ahora, imaginemos el mismo ciudadano, pero en este haciendo uso del principio de utilidad. Tal y como ha sido señalado, el principio de utilidad defiende la idea según la cual, la moralidad de una acción depende de la cantidad de bienestar que emerge de las consecuencias de una acción. En esa línea, el ciudadano debe realizar un balance entre las consecuencias positivas y negativas de un curso de acción, y escoger aquella alternativa que maximice los aspectos buenos y minimice los malos. Así las cosas, en el ejemplo mencionado, no sabemos de ante mano cuál es la mejor alternativa, no hay una dimensión absoluta que determine mi manera de actuar, toda vez que mi curso de acción está determinado por el análisis de las consecuencias.

Así expuesto, el análisis de las consecuencias es susceptible de convertirse en un razonamiento instrumental básico en el que la moralidad parece tener un papel contingente o relativo. Si escoger las mejores consecuencias para el mayor número de involucrados implica, por ejemplo, agredir los derechos de las minorías, ¿de qué manera se puede justificar moralmente un curso de acción de esta naturaleza? Este, sin lugar a dudas, es uno de los principales problemas a los que se enfrenta la tradición utilitaria; no obstante, la acusación parece ser algo injusta. Es probable que por la forma en la que se construyen los argumentos utilitaristas resulte mucho más evidente que todas aquellas acciones que se realizan con buenas intenciones y sin el deseo de cometer el mal terminen perjudicando a alguien por acción u omisión. Por ejemplo, pensemos en la ruptura del secreto profesional en circunstancias en las que un tercero está en peligro o de hecho ya ha sido lastimado. Aquí evaluamos consecuencias, ¿qué es más valioso la ruptura del secreto profesional o el deseo de proteger a un tercero que se encuentra en una situación vulnerable? O, en la lógica utilitarista, ¿qué curso acción maximiza las consecuencias positivas y reduce las consecuencias negativas? Así pues, en este contexto al igual que en muchos otros, escoger la alternativa que consideramos moralmente correcta (romper el secreto profesional) representa una manera de pasar por encima de los derechos de otra persona para proteger la integridad de otra. Sin embargo, escoger las mejores consecuencias no solo es una manera de proteger los derechos del tercero en situación de vulnerabilidad, sino también es una clara violación del principio de no maleficencia. Así las cosas, las réplicas que describen el utilitarismo como una doctrina demasiado laxa, no tienen en cuenta que en la estructura misma de las acciones humanas está inscrita la posibilidad de lastimar y ser lastimado, o mejor, en la esfera de los asuntos humanos somos agentes y pacientes de nuestras acciones y las acciones de los otros. 

El cálculo utilitarista

Ahora bien, juzgar un curso de acción en virtud de la maximización de los aspectos positivos y la reducción de los aspectos negativos parece ser un examen sencillo a simple vista; sin embargo, no siempre resulta claro qué elementos se deben tener en cuenta para tomar uno u otro curso de acción. En esa línea, diversas tradiciones del utilitarismo han asociado el principio de utilidad a los conceptos de placer y dolor. Según Bentham, una acción buena es aquella cuyas consecuencias aumentan el placer y reducen el dolor; no obstante, no siempre resulta fácil precisar cuáles pueden ser las consecuencias placenteras de una decisión o, mejor, a veces existen dilemas entre dos tipos de placeres y es necesario otros criterios que permitan discernir el curso de acción. En esa medida, esta versión del utilitarismo sugiere la evaluación de las consecuencias en torno a la intensidad del placer escogido, su duración, su inmediatez, así como su capacidad para producir una serie de consecuencias placenteras, y su capacidad para reducir series de consecuencias doloras. El utilitarismo, en esa medida, es una tradición filosófica orientada por una perspectiva consecuencialista, según la cual, la valoración moral de nuestros actos descansa en el impacto que tienen las consecuencias en otras personas y, por supuesto, si estas consecuencias maximizan el bienestar reduciendo el dolor.

Bibliografía de consulta

 

  • Sen, Amartya & Williams, Bernard (eds.), (1982). Utilitarianism and Beyond. Cambridge: Cambridge University Press
  • Scarre, Geoffrey (1996). Utilitarianism. London: Routledge
  • Skorupski, John (ed.), (2010). “Utilitarianism to Bentham”. En: The Routledge Companion to Ethics, (144 – 155). London: Routledge
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