Por: Gerardo Augusto Hernández Medina
Artículo completo: El Consentimiento Informado en la praxis de la psicología 
Disponible como para descarga al final de la página

El Consentimiento Informado en psicología es un deber del psicólogo y un derecho del usuario. Como deber, es la obligación del profesional de informar a su usuario de manera clara, oportuna, veraz y completa del proceso que seguirá en la prestación de sus servicios en cualquier área de la psicología; cerciorándose y asegurándose de que el usuario lo ha entendido. Es también un derecho del usuario recibir dicha información para poder dar su consentimiento para la intervención psicológica de manera libre y autónoma. Por esto, el Consentimiento Informado es el inicio de toda relación entre un psicólogo y su usuario


Por: Gerardo Augusto Hernández Medina, artículo completo disponible como descarga al final de la página

En el presente artículo se lleva a cabo un breve recorrido por el origen del consentimiento informado como un procedimiento fundamental de la práctica psicológica y las versiones que han llevado a su aplicación contemporánea.

Por: Orlando Enrique Uribe, profesional en Filosofía de la Universidad del Rosario

El proceso para la obtención del Consentimiento Informado por parte de un consultante requiere de la existencia de un diálogo entre las partes. Esto se da ya que el consentimiento para el trabajo en psicología se puede comprender como “el derecho del usuario para escoger los servicios psicológicos que va a recibir y tomar esta decisión basado en la mejor información disponible”[1]. En la medida que exista una comunicación efectiva entre el psicólogo y el usuario, este último podrá decidir de manera informada y libre sobre su tratamiento; es por esto que se hace énfasis en la naturaleza dialógica del consentimiento informado.