Jueves, 16 Julio 2026 18:37

Reflexión - El consentimiento informado: una expresión permanente del respeto por la autonomía, la dignidad y la confianza en la atención en salud mental

Escrito por Leonardo Amaya Martínez y Blanca P. Ballesteros
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Diana Rocio Sánchez Munar. Julio 16 de 2026
El grupo editor de eticapsicologica.org propone reflexiones sobre cuestiones éticas de amplio alcance, colocando especial atención en aquellas relacionadas con la aplicación práctica de la ética. 
Esta reflexión no pretende establecer lineamientos, sino proponer puntos críticos de reflexión y trabajo compartido.

Este proceso materializa el principio de autonomía, al reconocer que cada persona tiene el derecho de decidir si desea o no participar en las intervenciones propuestas, comprendiendo sus objetivos, beneficios, riesgos, alternativas y alcances. Asimismo, refleja el respeto por la dignidad humana al reconocer que las personas son las protagonistas de sus propias vidas y de sus procesos de cambio. El papel del profesional no consiste en imponer decisiones, sino en acompañar, orientar y generar las condiciones para que cada persona pueda construir, desde sus fortalezas, recursos y posibilidades, el camino que considere más adecuado para su bienestar.

Esta reflexión adquiere una especial relevancia cuando el ejercicio profesional involucra a niños, niñas y adolescentes. Aunque el consentimiento legal corresponda a quienes ejercen la patria potestad o la representación legal, resulta éticamente indispensable promover el asentimiento de los menores de edad, reconociéndolos como personas sujeto de derechos, con capacidad progresiva para comprender, expresar sus opiniones y participar activamente en las decisiones relacionadas con su salud. Escuchar su voz, adaptar la información a su nivel de desarrollo y favorecer su participación constituye una manifestación concreta del respeto por su dignidad y por el reconocimiento de su autonomía en construcción.

El consentimiento informado también mantiene una relación inseparable con otro de los pilares éticos de la profesión: la confidencialidad. Quienes ejercemos la psicología tenemos el privilegio y la enorme responsabilidad de conocer aspectos profundamente íntimos de la vida de las personas: pensamientos, emociones, experiencias, comportamientos y situaciones que, en muchos casos, no han sido compartidas con nadie más. Este acceso privilegiado exige un compromiso permanente con la protección de la información, el respeto por la privacidad y el uso responsable de los datos obtenidos durante el proceso terapéutico. La confianza depositada por quienes consultan constituye uno de los activos más valiosos de la relación terapéutica y debe ser protegida con el mayor rigor ético.

De igual manera, el consentimiento informado no puede entenderse como un proceso uniforme para todas las personas. Su desarrollo debe responder a las características individuales, culturales, sociales, lingüísticas y cognitivas de quienes reciben la atención. Una práctica ética reconoce la diversidad y adapta la forma en que comunica la información para favorecer la comprensión, resolver dudas y facilitar una participación genuina. La sensibilidad frente a la multiculturalidad y a las distintas formas de comprender la salud, la enfermedad y el bienestar fortalece la relación terapéutica y favorece la adherencia a los procesos de intervención.

Los desafíos contemporáneos hacen aún más relevante esta reflexión. Las modalidades de atención mediadas por tecnologías digitales, la telesalud, el uso de sistemas de inteligencia artificial como apoyo a la práctica clínica, los asistentes conversacionales, las herramientas de documentación automatizada, los escenarios de simulación y las tecnologías inmersivas han transformado la manera en que se prestan los servicios de salud mental. Paralelamente, el uso inadecuado de redes sociales y otras plataformas digitales ha incrementado los riesgos para la privacidad y la confidencialidad de quienes consultan.

Frente a esta realidad, resulta indispensable que el consentimiento informado incorpore de manera explícita información relacionada con el uso de tecnologías durante la atención, el tratamiento de los datos personales, los mecanismos de almacenamiento y protección de la información, las herramientas tecnológicas que podrán intervenir en el proceso terapéutico y sus alcances y limitaciones. Cómo todos los elementos del consentimiento, las tecnologías también deberán ser acordadas con los usuarios. También, las personas tienen el derecho de conocer cómo será utilizada su información y de decidir libremente si aceptan dichas condiciones[T

Estos nuevos escenarios demandan, para una práctica ética, profesionales capaces de actualizarse permanentemente, no solo respecto de la normativa vigente y de los desarrollos de los códigos deontológicos, leyes, resoluciones y demás disposiciones que regulan el ejercicio profesional, sino también en el ejercicio constante de la reflexión ética y moral sobre el uso responsable de la información, la incorporación de nuevas tecnologías y la protección de los derechos de quienes reciben atención.

El consentimiento informado no inicia ni termina con una firma. Se construye y se renueva en cada encuentro clínico, en cada decisión compartida y en cada conversación significativa entre el profesional y la persona que consulta. Es una expresión permanente del respeto por la autonomía, la dignidad, la libertad y la confianza, principios que constituyen el fundamento de una atención psicológica ética, humanizada y centrada en las personas.

Desde Ética Psicológica hacemos un llamado a toda la comunidad profesional para fortalecer una cultura del consentimiento informado entendida como un compromiso permanente con los derechos humanos, la transparencia, la comunicación responsable y el cuidado ético de quienes depositan en nosotros la confianza de acompañar sus procesos de salud mental.

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