Relaciones Duales

Valora este artículo
(10 votos)
Por Leonardo Amaya y Gloria María Berrío-Acosta

Cuando además de la relación psicólogo consultante se establecen otros tipos de roles (asesor de inversiones, jefe-empleado, docente-alumno, profesional-amigo, profesional-padrino, etc.) se habla de relaciones duales, múltiples o confusas [1]. La Sociedad Americana de Psicología define este tipo de relaciones cuando (1) el psicólogo está en una relación profesional con una persona y al mismo tiempo está en otro rol con esa misma persona, (2) al mismo tiempo está en una relación con una persona cercanamente asociada o relacionada con la persona con la que mantiene una relación profesional, o (3) está comprometido a entrar en el futuro en otra relación con esa persona o la persona vinculada a la misma persona. No siempre es fácil mantener estas distancias, sin embargo, la sugerencia es que el psicólogo, si es razonable, procure evitar una relación múltiple (Estándar 3.05). Otros códigos contemplan y advierten sobre estas situaciones, como el código británico que lo presenta como una de las áreas a las que el profesional debe estar atento en la toma de decisiones (Cap. II, c; Estándar 4.2, i, donde cita aspectos específicos frecuentes), y advierte que este tipo de relación puede poner en juego la objetividad del profesional o interferir en la eficacia de sus funciones como terapeuta, poniendo en riesgo la beneficencia del paciente. Kitchener[2] establece tres pautas para identificar las relaciones que tienen una alta probabilidad de provocar o desencadenar daños: a) cuando hay incompatibilidad de expectativas en los roles asumidos, b) cuando las obligaciones relacionadas con los nuevos roles aumentan la posibilidad de pérdida de objetividad, y c) cuando el prestigio y las diferencias de poder entre el profesional y el cliente se difunden en los diferentes tipos de relación aquí establecidos. El cuidadoso y oportuno análisis de los posibles efectos adversos de este tipo de relación siempre debe ser una prioridad para el psicólogo. Se sugiere completar esta información consultando los 5 pasos del modelo de solución de dilemas éticos planteado por Gottlieb[3] que incluye el análisis de tres dimensiones: dimensión de poder, dimensión de duración de la relación y dimensión de claridad de terminación de cada rol.

Por Leonardo Amaya y Gloria María Berrío-Acosta

Cuando además de la relación psicólogo consultante se establecen otros tipos de roles (asesor de inversiones, jefe-empleado, docente-alumno, profesional-amigo, profesional-padrino, etc.) se habla de relaciones duales, múltiples o confusas [1]. La Sociedad Americana de Psicología define este tipo de relaciones cuando (1) el psicólogo está en una relación profesional con una persona y al mismo tiempo está en otro rol con esa misma persona, (2) al mismo tiempo está en una relación con una persona cercanamente asociada o relacionada con la persona con la que mantiene una relación profesional, o (3) está comprometido a entrar en el futuro en otra relación con esa persona o la persona vinculada a la misma persona. No siempre es fácil mantener estas distancias, sin embargo, la sugerencia es que el psicólogo, si es razonable, procure evitar una relación múltiple (Estándar 3.05). Otros códigos contemplan y advierten sobre estas situaciones, como el código británico que lo presenta como una de las áreas a las que el profesional debe estar atento en la toma de decisiones (Cap. II, c; Estándar 4.2, i, donde cita aspectos específicos frecuentes), y advierte que este tipo de relación puede poner en juego la objetividad del profesional o interferir en la eficacia de sus funciones como terapeuta, poniendo en riesgo la beneficencia del paciente. Kitchener[2] establece tres pautas para identificar las relaciones que tienen una alta probabilidad de provocar o desencadenar daños: a) cuando hay incompatibilidad de expectativas en los roles asumidos, b) cuando las obligaciones relacionadas con los nuevos roles aumentan la posibilidad de pérdida de objetividad, y c) cuando el prestigio y las diferencias de poder entre el profesional y el cliente se difunden en los diferentes tipos de relación aquí establecidos. El cuidadoso y oportuno análisis de los posibles efectos adversos de este tipo de relación siempre debe ser una prioridad para el psicólogo. Se sugiere completar esta información consultando los 5 pasos del modelo de solución de dilemas éticos planteado por Gottlieb[3] que incluye el análisis de tres dimensiones: dimensión de poder, dimensión de duración de la relación y dimensión de claridad de terminación de cada rol.

Manejo de las Relaciones Duales

Por norma general, deben evitarse las relaciones duales o confusas porque pueden afectar la beneficencia, por dificultar el establecimiento de una adecuada relación terapéutica o potencialmente originar conflictos en una de las relaciones que afecten la relación profesional. Pueden atentar contra la integridad y la justicia, porque se arriesga a que la información confidencial o la relación que se establece en una de las relaciones puede usarse en beneficio o perjuicio indebido de la otra relación, como ocurre en este caso.

Hay muchas ocasiones en las que no es posible evitar la relación dual, como por ejemplo en los colegios, en las organizaciones o en las intervenciones de tipo judicial o social. Estos escenarios generan que se puedan presentar dos tipos de diversos de relación con la misma persona, por ejemplo, en el colegio se tiene una relación que depende de la afiliación profesional del equipo de psicología con la institución escolar, y otro diverso cuando se dialoga con cada estudiante aisladamente sobre aspectos de su vida personal.

Por esta razón, cuando se puede potencialmente establecer una relación dual, es muy importante clarificar por parte del profesional las características de la relación que va a establecerse, incluso para que la persona decida si desea o no aceptar las condiciones de este nuevo vínculo. Por supuesto, la relación dual no debe permitir un acto antiético en sí mismo.

Por norma general, cualquier conversación de tipo psicológico que refiere a la propia persona (es decir, no cuando la conversación versa sobre aspectos teóricos o referidos a terceros, como en la asesoría o consultoría), y en la que por tanto se va a escuchar información confidencial o reservada, debe establecerse primero las condiciones de esta relación, que debe contener por lo menos:

a) Condiciones de confidencialidad y manejo de información.

b) Condiciones de manejo de relaciones duales si se producen, como en este caso.

c) Registros psicológicos, si van a llevarse y cómo.

d) Rol que se asume por el profesional.

 

Diálogos Éticos 6 - Manejo de las relaciones duales

 

Ejemplo de Relación Dual


Caso de Relación Dual

Un psicólogo en entorno escolar se entera del consumo importante de sustancias psicoactivas ilegales y la distribución a otras personas de la comunidad académica por parte del mismo estudiante. Es presumible que la comunicación de la información a las instancias disciplinares escolares conduzcan a la expulsión del alumno, dificultando el seguimiento y potencialmente generándole nuevas situaciones inconvenientes asociadas con su recorrido escolar. Por otra parte, la presencia del joven en el colegio coloca potencialmente en riesgo de iniciación al consumo de algunos de sus pares, por quienes el profesional debe también velar.

En este caso, el psicólogo debe custodiar el derecho a la autonomía del muchacho, estando obligado en principio a la confidencialidad de la información dentro del ámbito de la intervención personal, y está además orientado a la beneficencia, en cuando debe garantizar la atención de la problemática del joven consumidor y cuidar que la información proveniente de esta relación psicológica no sea usada exclusivamente de forma disciplinar en lugar de velar por los mejores intereses asociados a lograr la ayuda que se le pueda prestar interinstitucionalmente para superar su situación. También debe responder ante la comunidad académica en general procurando disminuir el riesgo para los pares escolares relacionados con la exposición a un distribuidor. Aquí se encuentra presente una relación múltiple porque el psicólogo tiene un tipo de relación específica con el estudiante individual, configurado como usuario, con las directivas escolares que son sus patrones, y a la vez debe atender al deber de disminuir los riesgos de la comunidad escolar como un todo.

En esta misma situación, hay un conflicto entre la beneficencia del primero (el muchacho) y el Principio de Justicia, según lo define la APA[4] , en particular en relación con potenciales conflictos.

En las siguientes líneas se orienta una posible solución de este caso:

  • En todos los casos, no solamente en los relacionados con el consumo de sustancias, existe una clara necesidad de que las instituciones educativas defiendan la población escolar y para ello definan políticas de prevención y la revisión y ajustes continuos de estas políticas según la evolución de las problemáticas y de los procesos previos.
  • La investigación psicológica ha demostrado una relación entre el consumo de pares y la iniciación en el consumo, por lo tanto el equipo escolar deberá considerar el principio doctrinal del mal menor, a través del cual se valida la exclusión del primer muchacho mediante expulsión o sanciones. Es un mal menor relacionado con el riesgo de iniciación al consumo que significa para sus pares su permanencia y la ausencia de una sanción ejemplar (mal mayor por el número de estudiantes en riesgo).
  • El proceso de salida del estudiante se debe llevar a cabo en forma tal que su expulsión (mal menor consentido) sea lo menos traumática posible en relación con sus calificaciones académicas previas y el momento del curso escolar.
  • Apoyar y seguir al estudiante y a sus padres en forma tal que no resulte abandonado por la institución educativa y garantizar que emprendan un proceso externo orientado a su beneficencia.

Es frecuente que los dilemas éticos no tengan soluciones fáciles ni ideales y mucho menos generalizables por las limitaciones propias de la diversidad cultural [5] Los casos reales poseen notables particularidades que impiden una respuesta universal. Por otra parte, el marco moral personal reclama una atenta elaboración para ir al encuentro de potenciales interferencias personales en la comprensión del caso específico relacionadas con las propias posiciones del profesional quien puede estar involucrado personalmente pero supone ilusoriamente su “neutralidad moral”.

Referencias

Borys, D. y Pope, K. (1989). Dual relationships between therapist and client: A national study of psychologists, psychiatrists, and social workers. Professional Psychology: Research and Practice, 20(5), pp. 283-293.
Kitchener, K. (1988). Dual Role Relationships: What Makes Them So Problematic?. Journal of Counseling & Development, 67. pp. 217-221.
Gottlieb, M. (1993). Avoiding dual relationships: A decision-making model. Psychotherapy: Theory, Research, Practice, Training. 30. pp. 41-48.
“Principio D – Justicia: “… Los psicólogos ejercitan un juicio razonable y toman precauciones para asegurar que sus conflictos potenciales, las fronteras de sus competencias y las imitaciones de su experticia no condonen o conduzcan a prácticas injustas”. Por su parte la Ley 1090/2006 recuerda la obligación de los psicólogos de regirse por los estándares de la comunidad psicológica: “Con relación a su propia conducta, los psicólogos estarán atentos para regirse por los estándares de la comunidad y en el posible impacto que la conformidad o desviación de esos estándares puede tener sobre la calidad de su desempeño como psicólogos” Ley 1090/2006, Artículo 2, Numeral 3. Así, la ley colombiana reconoce el deber disciplinar de atenerse al consenso internacional de la comunidad psicológica.
Gibbs, J., Basinger, K., Grime, R. y Snare, J. (2007). Moral judgment development across cultures: Revisiting Kohlberg’s universality claims. Developmental Review, 27, 443-500.

Visto 66368 veces Modificado por última vez en Miércoles, 12 Febrero 2020 18:41
Más en esta categoría: « Modelo de Tres Niveles

Deja un comentario

Asegúrese de introducir toda la información requerida, indicada por un asterisco (*). No se permite código HTML.