Por Leonardo Amaya, Gloria María Berrío-Acosta, y Wilson Herrera
En líneas generales, este principio afirma que el propósito de toda acción profesional es el de mejorar las condiciones de vida y de relación de los sujetos, incrementando el bienestar de las personas, grupos, comunidades e instituciones atendidas. En este sentido, la beneficencia está relacionada con el Principio de No maleficencia ya que si la primera exigencia ética de la tradicional ciencia biomédica es no causar daño, una medida primaria es procurar que no se someta a nadie a procedimientos fútiles o temerarios que puedan entrañar riesgos.
El principio de Beneficencia tiene una amplia tradición en la reflexión ética en medicina y psicología, lo que se hace evidente en tanto está presente de forma expresa en los principales códigos éticos y bioéticos de ambas disciplinas. El desarrollo del principio se ha producido en la medida que se han ampliado las posibilidades técnicas de las intervenciones -especialmente en el área de la salud- puesto que ya es posible demandar intervenciones con garantías objetivas de utilidad que conduzcan a un logro específico en el desarrollo de la persona o a la solución de una situación patológica o disfuncional.