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¿Qué debe hacer el psicólogo si durante la psicoterapia comienza a sentir atracción física por su consultante?
La relación terapéutica, por definición, implica empatía e involucración emocional como base para cumplir los objetivos terapéuticos. Aunque no hay evidencia que muestre que los factores de relación terapéutica son condiciones necesarias y suficientes para el cambio, claramente facilitan el logro de los objetivos. Dentro de este contexto, es posible que surjan sentimientos de atracción. Los sentimientos de atracción, como otros sentimientos, no constituyen en sí un problema. De hecho la atracción entre las personas, incluyendo los psicólogos, es un elemento normal de la experiencia humana.
El problema es cómo se reacciona a la atracción. Estos sentimientos de atracción, a su vez, dependen de las acciones o conductas tanto del psicólogo, como del participante. Si estos sentimientos normales de atracción se amplifican por las conductas de los involucrados, pueden llegar a aumentar en su nivel de intensidad hasta producir conductas o acciones que pueden constituir violaciones a los principios de la ética profesional. Uno de los elementos que tiene que tener en cuenta el psicólogo es su grado de vulnerabilidad. Es decir, la probabilidad de que el ser afectado emocionalmente pueda llevar a conductas que interfieran con su quehacer profesional o que puedan causar daño a sus consultantes. Si un psicólogo está atravesando una crisis emocional personal, lo cual interfiere con su trabajo, éticamente debe suspender su actividad profesional mientras se recupera. De la misma forma, el psicólogo es responsable por basarse en su juicio para decidir si los sentimientos de atracción física pueden llevar a conductas o acciones que interfieran con la naturaleza de la relación profesional o que violen los principios éticos. Las personas son responsables por lo que hacen, no por lo que sienten. Sin embargo, así como las acciones o conductas están influidas por los sentimientos, en este caso de atracción, los sentimientos dependen también de las acciones, es decir de las conductas, tanto del terapeuta como del consultante. Por consiguiente, el terapeuta tiene la obligación de evaluar el grado en el que sus sentimientos de atracción pueden afectar sus conductas, o pueden afectar el proceso terapéutico. En el caso en el que juzgue que es probable que su juicio clínico esté interferido por procesos emocionales asociados con la atracción, o que su conducta profesional pueda igualmente estar afectada por dichos procesos emocionales, o que observe que dichos procesos emocionales en el consultante pueden afectar el resultado del proceso terapéutico, está en la obligación ética de remitir al consultante a otro profesional.
En síntesis, las relaciones de empatía entre psicólogo y consultante son normales, lo que no es normal es que el psicólogo termine enamorado de su consultante, o que se aproveche de esa situación para lograr favores afectivos o sexuales.
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