Casos de Eticapsicologica.org
¿La formación de pregrado y la experiencia en ambientes escolares y en práctica privada son suficientes para desempeñarme como terapeuta de pareja...
Respuesta
La formación de pregrado y la experiencia en ambientes escolares y en práctica privada son suficientes para que Ana se desempeñe como terapeuta de pareja puesto que en la ley 1090 de 2006 en el Articulo 5° se habla a cerca de limites de su competencia, tener únicamente estudios y experiencia en la psicología educativa de cierta forma limita la competencia en el ámbito de la terapia en pareja además de no poseer los conocimientos adecuados y Ana de tener claro que también limita su papel de psicóloga por bienestar de los demás, esto de cierta forma promueve un entrenamiento obligatorio para ejercer la terapia de pareja, por otro lado en el Articulo 6º plantea los requisitos para ejercer la profesión de psicólogo en donde se debe acreditar la formación profesional y obtener la tarjeta profesional expedida por el Colegio Colombiano de Psicólogos
Biografía
Congreso de Colombia (2006, septiembre 6). Ley 1090 de 2006 - Gestor Normativo. Gov.co. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=66205
Redes sociales